La sociedad Oviedo Vera Ingenieros Constructores S.A.S. – Ovinco
S.A.S. NIT. 900.846.100 – 4 decidió someterse a un proceso concursal de liquidación judicial, reglamentado por la Ley 1.116 de 2.006.
Como consecuencia de aquella determinación, y tras el cumplimiento de los requisitos que exige la citada obra legislativa, el quince (15) de noviembre de 2.024, la Superintendencia de Sociedades, en calidad de Juez del Concurso, resolvió admitir a Oviedo Vera Ingenieros Constructores S.A.S. – Ovinco S.A.S. NIT. 900.846.100 – 4 a un proceso de liquidación judicial.
El veintisiete (27) de noviembre de 2.024, la Superintendencia de Sociedades –
Intendencia Regional de Bucaramanga fijó el aviso de apertura del trámite
liquidatorio de la sociedad Oviedo
Vera Ingenieros Constructores S.A.S. en Liquidación NIT.
900.846.100 – 4, cuyo contenido por disposición del Juez del Concurso se
transcribe a continuación:
“(…) AVISO LIQUIDACIÓN
LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA Y
JUDICIAL DE LA INTENDENCIA REGIONAL DE BUCARAMANGA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES,
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL NUMERAL 4º DEL ARTICULO 48 DE LA LEY 1116
DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2006 Y AUTO RADICADO 2024-06-006744.
AVISA:
1. Que por auto identificado con
radicación 2024-06-006744 del 15 de noviembre de 2024, esta
Superintendencia admitió a un proceso de Liquidación Judicial a la
sociedad OVIEDO VERA INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. con NIT.
900.846.100, domiciliada en la ciudad de Cúcuta (Norte de Santander).
2. Que, según lo establecido en dicha
providencia, se designó como Liquidador a MIGUEL LEANDRO DIAZ SANCHEZ,
identificado con cedula de ciudadanía No. 91.527.008, para adelantar el
referido proceso de Liquidación Judicial, a quien puede contactar en la
siguiente dirección:
Dirección y ciudad | Avenida Gran Colombia No. 1E - 34 Oficina 203 |
Celular | 3185277513 |
Correo electrónico | diazsm24@gmail.com |
3. Que los acreedores de la sociedad
deudora deberán presentar sus créditos dentro de los veinte (20) días hábiles
siguientes contados a partir de la desfijación del presente aviso, allegando
prueba de su existencia y cuantía. Para el efecto los acreedores deberán
presentar sus reclamaciones directamente ante el Liquidador.
4. Que el presente aviso se fija a
partir de la fecha por el término de diez (10) días hábiles en la Baranda
Virtual de la Superintendencia de Sociedades, en la página web de la deudora,
en su sede y en las de sus sucursales y agencias durante todo el trámite de la
liquidación judicial.
5. Que se ordenará la inscripción del
auto de admisión en la Cámara de Comercio del domicilio de la deudora y sus
sucursales, conforme lo señala el artículo 19 numeral 2º de la Ley 1116 de
2006.
6. Que el presente aviso SE FIJA en
la Baranda Virtual de esta Superintendencia de Sociedades,
(www.supersociedades.gov.co sección de Baranda Virtual, Módulo de Avisos) por
el término de diez (10) días hábiles a partir de hoy 27 de noviembre de 2024,
a las 8:00 a.m. y SE DESFIJA el día 10 de diciembre de 2024, a las 5:00
p.m.
Secretaria Administrativa y Judicial
Principal Regional Bucaramanga (…)